Aquí tienes un detalle completo de las coberturas y alcance de esta póliza de seguros para accidentes deportivos.. Estaremos a tu disposición para resolver tus dudas.
Hasta 150.000€
Todo hecho dañoso garantizado por la póliza del que pueda resultar civilmente responsable el asegurado, en base al artículo 1902 y siguientes del Código Civil, por daños materiales, corporales y perjuicios directos causados involuntariamente a terceros.
El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que diera lugar la responsabilidad civil del asegurado.
La constitución de las fianzas judiciales exigidas al asegurado.
El pago de las costas y gastos judiciales.
El pago de honorarios de los profesionales encargados de la defensa jurídica del asegurado frente a la reclamación del perjudicado.
Los gastos extrajudiciales inherentes al siniestro en los que pudiera incurrir el asegurado, siempre que tales gastos sean realizados con el consentimiento del asegurador.
Hasta 6.000€
Gastos que deba soportar el asegurado por las operaciones de búsqueda, localización o salvamento que se lleven a cabo
a consecuencia del accidente por él sufrido.
El asegurador tomará a su cargo hasta el total restablecimiento del asegurado y como máximo durante el plazo de un año a contar desde la fecha del accidente, el pago de los gastos de asistencia sanitaria que precise el asegurado como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza.
Los gastos de carácter urgente
Los traslados urgentes
Los honorarios médicos, los gastos por intervenciones quirúrgicas,
los gastos de hospitalización y farmacéuticos
EN ESPAÑA: Ilimitados en centros concertados , 3.000€ en centros de libre elección
> VER CUADRO MÉDICO
El asegurado tiene la opción de acudir a médicos o clínicas de libre elección, entonces el asegurador solo responderá hasta un máximo de 3.000 euros comprendidos todos los gastos de curación, incluidos los de hospitalización.
Cuando el asegurado elija esta última opción, implicará automáticamente la imposibilidad de acogerse a la opción de gastos incluidos sin límite de cuantía. No obstante, el asegurador abonará íntegramente los gastos derivados de la asistencia de urgencia o primeros auxilios con independencia de quién los preste.
EN EL RESTO DEL MUNDO 12.000€
Cubrimos los gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y de hospitalización en el extranjero.
La cantidad máxima cubierta por asegurado será de 12.000 euros con reposición de factura.
Por eventos sobrevenidos en USA, Canadá y Japón hasta 15.000 euros con reposición de factura.
Gastos médicos 12.000 € en el extranjero 15.000 € Usa, Canadá y Japón.
Incluida con las siguientes garantías:
Transporte o repatriación por accidente o enfermedad.
Transporte o repatriación de fallecidos y de los asegurados acompañantes
Transporte o repatriación de los asegurados familiares Acompañantes
Regreso anticipado del asegurado a causa de fallecimiento de un familiar
Regreso anticipado del asegurado a causa de incendio o siniestro en su domicilio
Billete de ida y vuelta para un familiar y gastos de hotel 90 € dia , max 900 €
Gastos de regreso anticipado por urgencia.
Estancia en hotel por accidente o enfermedad por prescripción médica 90 € día, 900 € max
Gastos odontológicos de urgencia 300 €
Envío de medicamentos en el extranjero
Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales En caso de robo, pérdida o extravío de equipajes y efectos personales.
Envío equipajes olvidados o robados, el asegurador únicamente asumirá la organización del envío, así como elcoste de este, hasta la cantidad de 200 euros.
Transmisión de mensajes
Información legal en el extranjero
Informaciones de viaje, ejemplo: Vacunación y petición de Visados, Direcciones y números de teléfono de embajadas españolas y
consulados.
Desplazamientos máximo 60 dias fuera de la provincia residencia .
Hasta 6.000€ cubrimos los gastos médicos, honorarios profesionales, material quirúrgico, estancia en clínica y prótesis, si el asegurado decide someterse a una operación a fin de reparar o corregir defectos o menoscabos que deforman el aspecto físico del asegurado de forma permanente, ocasionados en un accidente amparado por la póliza. Será necesario que la operación y tratamiento se realice dentro de los dos años siguientes a la fecha del accidente.
Hasta 3.000€
Los gastos por adquisición e implantación de la primera prótesis ortopédica, dental, óptica y/o acústica que necesite el asegurado,
como consecuencia de un accidente, por prescripción médica.
Hasta 60.000€
En este contrato se entiende por invalidez permanente absoluta, aquella que inhabilita de forma irreversible por completo al asegurado para toda profesión u oficio.
Hasta 18.000€, solo en España.
En caso de invalidez permanente absoluta, el asegurador reembolsará los gastos relacionados con el acondicionamiento especial de accesos.
En la vivienda o modificaciones técnicas imprescindibles de su automóvil.
60.000€
6000€.
Como consecuencia de un infarto de miocardio, por cualquier causa, se produjera el fallecimiento del asegurado. siempre que el fallecimiento del asegurado acontezca dentro del plazo máximo de dos años desde la fecha de ocurrencia del infarto de miocardio.
La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanzará las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido
en la póliza de seguro.
Terremotos y maremotos; inundaciones extraordinarias, incluidas las producidas por embates de mar; erupciones volcánicas; tempestad ciclónica atípica (incluyendo los vientos extraordinarios de rachas superiores a 120 km/h y los tornados);
Los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular
Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.